Publicidad IlegalHasta ahora hemos hablado de cómo utilizar la publicidad. En ocasiones hemos rozado los límites de la excentricidad o de la exageración. Aunque un anuncio llamativo suele resultar más efectivo debemos tener en cuenta que no todo vale.

En tiempos donde la competencia es dura y numerosa utilizamos estrategias de todo tipo, somos tan osados que tendemos a rozar la ilegalidad, exacerbando los beneficios de nuestros productos hasta rozar las fronteras del engaño, poniéndonos frente a frente contra la competencia o promocionando productos cuya publicidad está limitada por la legislación.

Pero vayamos concretando, son totalmente ilegales las siguientes fórmulas publicitarias:

  1. La publicidad que atenta contra la dignidad de la persona o vulnera los valores y derechos reconocidos en la Constitución: infancia, juventud, mujer... Los derechos fundamentales se encuentran especialmente protegidos sobre todo los relacionados con grupos más débiles o en una situación especial de riesgo, es habitual ver cómo se retiran anuncios porque atentan contra la dignidad de las mujeres.
  1. La publicidad engañosa, o que pueda confundir al consumidor. Según la ley "es engañosa la publicidad que de cualquier manera, incluida su presentación, induce a error a sus      destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor “. Tampoco podemos, aunque digamos la verdad, omitir datos fundamentales de los productos que ofrecemos, o que al omitirlos podamos confundir al destinatario.
  1. La publicidad desleal, tanto aquella en la que descalificamos a la competencia como en la que copiamos o imitamos descaradamente sus marcas llegando hasta la confusión:
  • La publicidad que menosprecia a los competidores. Afirma la ley que "es publicidad desleal la que por su contenido, forma de presentación o difusión provoca el descrédito, denigración o menosprecio directo o indirecto de una persona, empresa o de sus productos, servicios o actividades”. Podremos mencionar a la competencia pero no con la única intención de menospreciarla o desacreditarla.
  • Aquella que intenta confundir nuestra empresa o productos con otros. Afirma la Ley que está prohibida "la que induce a confusión con las empresas, actividades, productos, nombres, marcas u otros signos distintivos de los competidores, así como la que haga uso injustificado de la denominación siglas, marcas o distintivos."
  1. Publicidad subliminal. Aunque ni siquiera está claramente demostrada su efectividad, pese a que se han realizado múltiples experiencias, la ley prohíbe la publicidad subliminal, y la define como "la que, mediante técnicas de producción de estímulos de intensidades fronterizas con los umbrales de los sentidos o análogas, pueda actuar sobre el público destinatario sin ser conscientemente percibida".
  1. La que infringe normas específicas sobre determinados productos, como las limitaciones que existen en España para anunciar en televisión, o en aquellos locales donde esté prohibido su consumo, tabacos y bebidas alcohólicas de más 20 grados. También existen restricciones para anunciar medicinas, juegos de azar y algunos servicios profesionales.

Ya conoce dónde están los límites, a algunos profesionales de la publicidad les gusta coquetear con ellos. Para ponerles límite existen asociaciones como en España Autocontrol donde anunciantes, agencias y medios trabajan por la excelencia publicitaria.

Un dato: El sector estrella en las reclamaciones, tanto de consumidores como de la propia competencia, es sin duda el de las comunicaciones. Sobrepasar los límites en numerosas ocasiones puede generar una imagen negativa difícil de paliar, como pasa en el sector de la telefonía móvil.

Un consejo: La clave no está en rozar la ilegalidad, ni siquiera en utilizar técnicas o herramientas novedosas, finalmente una buena idea es la clave para una gran campaña de publicidad. Luego habrá que saber explotarla, comunicarla en los medios más eficientes y llevarla al público objetivo.

Actualidad: Los deportistas siguen siendo altamente reclamados por las marcas para sus spots publicitarios. Según una selección realizada por El Mundo David Bekham continúa siendo el más solicitado. Después Rafa Nadal y Roger Federer, por su glamour y elegancia se han hecho un importante hueco entre los más deseados. En cuanto a los futbolistas David Villa, Messi y Cristiano Ronaldo no paran de protagonizar anuncios de diferentes marcas.

El resbalón publicitario: Recientemente se ha estimado la reclamación de Vodafone contra Orange por un anuncio de la Tarifa León 30 de Orange en el que una locución decía “puedo hablar con todos las 24 horas del día por sólo 30 € al mes”, sin embargo el jurado consideraba que el anuncio induce a error porque la información que se proporciona a través de la letra pequeña introduce limitaciones muy relevantes, como que sólo se puede llamar durante trescientos minutos a móviles.

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